Artículo 19 de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Movilidad tiene dos tareas principales. La primera es ayudar a las instituciones de seguridad pública (como la policía) a crear y aplicar estrategias para prevenir que los usuarios y los conductores del transporte público sean víctimas de extorsión o delitos relacionados. La segunda tarea es cumplir con cualquier otra obligación que le marquen las leyes o reglamentos. En palabras simples, esta Secretaría debe trabajar junto con la policía para proteger a la gente que usa o trabaja en el transporte público.
Texto oficial
Artículo 19. Corresponden a la Secretaría de Movilidad, las siguientes atribuciones: I. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, con las Instituciones de Seguridad Pública, en el diseño e implementación de estrategias preventivas orientadas a proteger a las personas usuarias y prestadoras de servicios de transporte público frente a conductas de extorsión y delitos vinculados, y II. Las demás que le confiera la normatividad aplicable.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.