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Artículo 30 de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 30 dice que varias autoridades, como la Secretaría, la Fiscalía y las policías municipales, tienen que trabajar juntas para prevenir el delito de extorsión. También deben organizar pláticas y juntas con empresas, escuelas y grupos de la sociedad para colaborar en este tema. Todo el personal de estas autoridades tiene que estar bien capacitado para hacer su trabajo. Además, las instituciones de seguridad y justicia deben actuar de manera adelantada para evitar que alguien cometa extorsión, proteger a las personas de ser víctimas, y asegurarse de que tengan todos los derechos y garantías que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 30. La Secretaría, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, la Fiscalía, las instituciones policiales municipales y las demás autoridades encargadas de diseñar, implementar y evaluar programas, políticas y acciones para la prevención del delito de extorsión deberán colaborar, cooperar y coordinarse entre sí para el cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley General y la presente Ley. Asimismo, impulsarán espacios de diálogo en los que se promueva la colaboración con instituciones públicas, privadas y sociales en materia de prevención del delito de extorsión. Las autoridades a las que se refiere el párrafo anterior se asegurarán de que su personal se encuentre debidamente capacitado en la materia. Las Instituciones de Seguridad Pública y de administración de justicia, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán obligadas a desarrollar proactivamente sus funciones para evitar la comisión del delito de extorsión, asegurar que las personas no sean víctimas de este, y que tengan acceso a los derechos y garantías que la Ley General y la presente Ley reconoce.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.