Artículo 31 de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las autoridades del estado y de los municipios deben enfocarse en prevenir el delito de extorsión, es decir, que alguien te obligue a darle dinero o algo a cambio de no hacerte daño. También tienen la obligación de seguir los planes y acciones que se definan en las estrategias nacional y estatal contra este delito, usando el dinero, el personal y los recursos que tengan disponibles. Además, estas autoridades deben orientarte y asesorarte de inmediato si estás siendo víctima de una extorsión en ese momento, para evitar que el delito se complete, sin importar que después se inicie una investigación o se persiga al culpable.
Texto oficial
Artículo 31. Todas las autoridades estatales y municipales que ejerzan atribuciones en materia de prevención de las violencias y del delito, deberán adoptar las acciones necesarias para priorizar la prevención del delito de extorsión en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, deberán implementar las estrategias y acciones que se establezcan en la Estrategia Nacional para Prevenir y Combatir el Delito de Extorsión y en la Estrategia Estatal para Prevenir y Combatir el Delito de Extorsión y Delitos Vinculados con los recursos financieros, humanos e institucionales con los que cuenten. De igual manera, estarán obligadas a brindar asesoría y orientación inmediata a las personas que lo requieran por hechos en desarrollo, cuya intervención evite que se consume el delito de extorsión en su contra, con independencia de las acciones de investigación y persecución que correspondan. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de febrero de 2026. Sin reforma. LEY PARA PREVENIR, ATENDER Y COMBATIR LOS DELITOS EN MATERIA DE EXTORSIÓN Y DELITOS VINCULADOS DEL ESTADO DE MÉXICO 12 Capítulo V Del Centro de Atención a Denuncias por el Delito de Extorsión
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.