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Ley
Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La extorsión y los delitos relacionados que menciona esta ley los investiga el gobierno por su cuenta, sin necesidad de que alguien vaya y ponga una denuncia. Esto quiere decir que si las autoridades se enteran de que pasó algo, ellas solitas empiezan a actuar. No tienes que presentar una queja formal para que se muevan, aunque sí puedes reportarlo si quieres. En resumen, el Ministerio Público ya está obligado a perseguir estos delitos apenas los conozca.

Texto oficial

Artículo 6. El delito de extorsión y los delitos vinculados previstos en la Ley General se investigarán y perseguirán de oficio.

Ver texto oficial de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México (pág. 2) ↗

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