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Artículo 127 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud es la que se encarga de cuidar la salud de los niños, niñas y adolescentes. Esto incluye crear y llevar a cabo acciones para prevenir enfermedades como el cáncer y problemas del corazón, además de detectarlas a tiempo, dar tratamiento y ayudar en la rehabilitación. También debe asegurarse de que todos los servicios de salud trabajen juntos para atender a los menores de manera coordinada. Si hay dinero disponible en el presupuesto, se pueden destinar fondos especiales para cumplir con estas tareas.

Texto oficial

Artículo 127. La Secretaría será responsable de establecer y ejecutar acciones específicas orientadas a proteger la salud de las niñas, niños y adolescentes. La Secretaría es la responsable de conducir, coordinar, supervisar y evaluar las políticas, estrategias y acciones en materia de promoción, prevención, detección, diagnóstico, tratamiento oportuno, rehabilitación y control de las enfermedades crónicas no transmisibles en niñas, niños y adolescentes en el Estado de México. La Secretaría impulsará el trabajo coordinado entre los distintos prestadores de servicios de salud, orientados a la atención de niñas, niños y adolescentes en la promoción, detección, diagnóstico, tratamiento oportuno, referencia y contrarreferencia en casos de cáncer y enfermedades cardiovasculares. Para tales efectos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, se podrán gestionar y, en su caso, prever recursos específicos para el cumplimiento de dicha atribución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.