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Artículo 159 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con otras autoridades, va a crear programas de enseñanza para ayudar tanto a víctimas de violencia como a quienes la ejercen. El objetivo es que tomen conciencia y aprendan a dejar de lado comportamientos violentos. Estos programas deben ser impartidos por expertos capacitados y usar métodos que ya han demostrado funcionar. Además, tienen que tomar en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres y respetar los derechos de todas las personas.

Texto oficial

Artículo 159. La Secretaría, en coordinación con otras instancias competentes, establecerá estrategias de reeducación para víctimas de violencia y personas generadoras de violencia, con el fin de promover la concientización y erradicación de patrones violentos de conducta. Dichos programas deberán contar con personal especializado y basarse en metodologías validadas, con enfoque de género y derechos humanos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.