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Artículo 192 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud, por medio de los Servicios de Urgencias del Estado de México, es la que se encarga de organizar, vigilar y, si es necesario, dar la atención médica antes de llegar al hospital (eso es la atención prehospitalaria), además de los rescates en todo el estado. Para hacer todo esto, se apoya en el Centro Regulador de Urgencias Médicas, que es como el "centro de control" que coordina las ambulancias y los servicios de emergencia.

Texto oficial

Artículo 192. La Secretaría, a través de los Servicios de Urgencias del Estado de México, será la encargada de coordinar, supervisar y, en su caso, brindar la atención prehospitalaria de urgencias médicas y rescate en el territorio mexiquense, para ello se auxiliará del Centro Regulador de Urgencias Médicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.