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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley294/200
Ley
Ley de Salud del Estado de México
Artículo
200

Artículo 200 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 200 dice que, en caso de una emergencia muy grave o desastre, la Secretaría de Salud, por medio de los Servicios de Urgencias del Estado de México, se encargará de poner en marcha el Sistema de Comando de Incidentes. Este sistema es como un equipo de coordinación que organiza y supervisa toda la atención médica antes de llegar al hospital, como las ambulancias y los primeros auxilios. La idea es que la gente que necesite ayuda médica urgente la reciba de manera rápida y eficiente. En pocas palabras, el gobierno se asegura de que, si hay una crisis grande, todo esté bien organizado para atender a quien lo requiera.

Texto oficial

Artículo 200. La Secretaría, a través de los Servicios de Urgencias del Estado de México, coordinará las acciones necesarias para que en caso de una emergencia mayor y/o desastre, se instale el Sistema Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 62 de Comando de Incidentes, para llevar a cabo y supervisar las acciones prehospitalarias para garantizar de manera eficiente y oportuna el acceso a servicios de salud de la población que así lo requiera.

Ver texto oficial de la Ley de Salud del Estado de México (pág. 61) ↗

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