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Artículo 220 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 220 define qué son las "enfermedades crónicas trasplantables". Básicamente, son enfermedades que ocurren cuando un órgano del cuerpo ya no funciona y está a punto de fallar por completo, es decir, en su etapa final. Para estas enfermedades, la única cura definitiva es reemplazar ese órgano dañado por uno sano mediante un trasplante. En pocas palabras, son padecimientos graves donde un órgano ya no sirve y la única solución es un trasplante.

Texto oficial

Artículo 220. Las enfermedades crónicas trasplantables, son aquellas enfermedades derivadas de la insuficiencia en fase terminal de un órgano, para las cuales el trasplante de dicho órgano es el tratamiento definitivo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 65

Ver ley oficial en el DOF (pág. 64) ↗

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