Artículo 228 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud del Estado de México se encargará de vigilar todo el proceso de la sangre que se usa en transfusiones, para que sea segura. Esto incluye dar capacitación constante al personal, asegurar la calidad en cada paso, y seguir buenas prácticas al fabricar productos de sangre. Todo esto debe hacerse respetando las leyes y la ética médica. El objetivo es que cuando alguien reciba una transfusión, no corra riesgos.
Texto oficial
Artículo 228. La Secretaría impulsará acciones para la hemovigilancia en conjunto con la capacitación continua, la gestión de la calidad, las buenas prácticas de manufactura, enmarcados por los principios legales y bioéticos, siendo la base de la seguridad transfusional. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 66
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