Artículo 241 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La tarjeta de control es como un permiso que necesitan ciertos vehículos que manejan cosas que pueden ser un riesgo para la salud, como carrozas funerarias, ambulancias, pipas de agua o unidades que transportan carne. Este permiso se pide antes de usar cada vehículo, dura cinco años, es solo para la persona que lo recibe y no se puede prestar ni vender a nadie más. Básicamente, es un requisito obligatorio para que estos transportes puedan operar legalmente.
Texto oficial
Artículo 241. La tarjeta de control es la autorización que se otorga a los servicios de transporte generadores de riesgos sanitarios, que requieren equipamiento y dictaminación especializada, la cual se requiere previamente por cada unidad vehicular para: I. El uso de carrozas funerarias; II. El uso de ambulancias y afines; III. El servicio de agua potable en pipa o aguas tratadas; y IV. El traslado de cárnicos. Estas autorizaciones tendrán vigencia de cinco años, serán de carácter personal e intransferible.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.