Artículo 257 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometes una falta que no esté descrita en esta ley, te van a multar con una cantidad que va desde una vez hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La UMA es una referencia oficial que el gobierno usa para calcular multas y otros pagos, y su valor cambia cada año. La multa se calcula tomando el valor diario de la UMA el día que cometiste la infracción, no cuando te la impongan. En pocas palabras, si haces algo que no está en la lista de faltas de esta ley, igual te pueden castigar con una multa que puede ser desde muy poquita hasta muy alta.
Texto oficial
Artículo 257. Las infracciones no previstas en esta Ley serán sancionadas con multa equivalente de una hasta diez mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de cometer la infracción.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.