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Artículo 263 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un problema con un servicio de salud (como un hospital o un doctor), en lugar de ir a juicio puedes usar métodos para resolverlo de forma más rápida y pacífica, como la conciliación o el arbitraje. Estos métodos se llaman "mecanismos alternativos" y deben seguir lo que dice una ley federal especial sobre el tema. La Secretaría de Salud, a través de la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México, es la encargada de poner las reglas para que esos procedimientos se lleven a cabo correctamente.

Texto oficial

Artículo 263. Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia de servicios de salud se regirán de conformidad con la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y las demás disposiciones jurídicas aplicables. La Secretaría, a través de la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México, establecerá los lineamientos a los que se sujetarán los procedimientos de acuerdo con las disposiciones señaladas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.