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Artículo 277 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud, junto con la Unidad de Enseñanza y las autoridades educativas, va a poner reglas claras para que el servicio social obligatorio de los pasantes de medicina y carreras afines se haga bien. También van a invitar a otras dependencias a participar, para que los estudiantes tengan una formación completa que responda a lo que la gente necesita en materia de salud. En palabras simples, buscan que el servicio social no sea un relajo, sino que realmente sirva para aprender y para ayudar a la población.

Texto oficial

Artículo 277. La Secretaría, a través de la Unidad de Enseñanza, Investigación y Calidad, en coordinación con las autoridades educativas correspondientes, establecerá los mecanismos necesarios para la prestación adecuada del servicio social obligatorio de las y los pasantes del área de la salud y afines, fomentando la participación de otras dependencias y entidades competentes, según sea aplicable, para asegurar una formación integral y acorde a las necesidades sanitarias de la población.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

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