Artículo 279 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los doctores no pueden usar tratamientos raros o especiales para alargar la vida de un paciente que ya está muy grave y cerca de morir, a menos que el paciente o su familia estén de acuerdo. Así que, aunque el doctor quiera hacer más cosas para intentar salvar al enfermo, tiene que pedir permiso primero. Si el paciente o sus familiares no autorizan, el médico debe respetar su decisión y no aplicar ningún procedimiento fuera de lo normal. Esto aplica sin excepción, sin importar las circunstancias.
Texto oficial
Artículo 279. Las y los médicos tratantes, en ningún caso y por ningún motivo implementarán medios extraordinarios a la persona enferma en situación terminal, sin su consentimiento o el de sus familiares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.