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Artículo 51 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay oficinas especiales dentro de la Secretaría de Salud del Estado de México que se encargan de temas muy específicos, como los bancos de tejidos, la atención a personas con discapacidad, los trasplantes, la salud mental y la vigilancia de enfermedades. Cada una de estas oficinas tiene la autoridad para dirigir y tomar decisiones en su propio tema. La forma en que van a trabajar y organizarse depende de las reglas que se hayan creado especialmente para cada una, del reglamento interno de la Secretaría y de otras leyes que les apliquen.

Texto oficial

Artículo 51. Son Organismos Especializados en Salud de la Secretaría, que ejercerán funciones rectoras con relación a sus respectivos ámbitos de competencia, los siguientes: I. El Banco de Tejidos del Estado de México; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 24 II. El Instituto Mexiquense para la Discapacidad; III. La Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México; IV. El Centro Estatal de Trasplantes del Estado de México; V. El Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades; VI. El Instituto Mexiquense de Salud Mental y Adicciones; VII. El Centro Estatal de Transfusión Sanguínea; VIII. El Laboratorio Estatal de Salud Pública; IX. La Coordinación Estatal de Voluntades Anticipadas; X. La Coordinación Estatal de Lactancia Materna y Bancos de Leche; XI. La Unidad de Enseñanza, Investigación y Calidad; XII. Los Servicios de Urgencias del Estado de México; y XIII. La Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de México. La organización y funcionamiento de los Organismos Especializados en Salud será la que determine su instrumento jurídico de creación, el Reglamento Interior de la Secretaría y demás disposiciones jurídicas aplicables. Sección Primera Del Centro Estatal de Trasplantes del Estado de México

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

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