Artículo 10 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría de Seguridad y la policía municipal tienen tres tareas principales. Primero, deben ayudar a rescatar animales que estén en peligro o situaciones de riesgo, y también atender casos donde un animal agresivo represente un peligro. Segundo, si ven a alguien desobedeciendo esta ley de protección animal, pueden detenerlo y llevarlo ante el Ministerio Público (que es como la autoridad que investiga delitos). Tercero, si tienen el dinero y el personal necesario, pueden crear sus propias unidades especiales para vigilar y proteger a los animales, trabajar con otras autoridades y apoyar a asociaciones protectoras para llevar a los animales a refugios o centros de bienestar.
Texto oficial
Artículo 10. Corresponde a la Secretaría de Seguridad y a las instituciones municipales de seguridad, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de las facultades siguientes: I. Coadyuvar con las autoridades correspondientes para responder a las necesidades de protección y rescate de animales en situación de riesgo o vulnerabilidad, así como a las situaciones de peligro por agresión animal; II. Detener y remitir ante el Ministerio Público a cualquier persona que contravenga a lo dispuesto en el presente Libro y la legislación penal aplicable; y III. De acuerdo con su capacidad técnica y operativa, y a la suficiencia presupuestal disponible, integrar, conforme a su estructura orgánica y administrativa las unidades operativas permanentes de vigilancia animal para instrumentar políticas, estrategias y acciones de protección y rescate de animales en situación de riesgo en coordinación con las autoridades competentes y coadyuvar con Asociaciones Protectoras de Animales en la protección y canalización de animales a Centros de Control y Bienestar Animal o refugios. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de junio de 2026. Sin reforma. LEY DE PROTECCIÓN, CUIDADO Y BIENESTAR ANIMAL DEL ESTADO DE MÉXICO 9
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.