Artículo 11 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía del Estado de México tiene que trabajar junto con otras autoridades de las que habla esta ley para enterarse, investigar y perseguir los casos de maltrato animal. O sea, si alguien maltrata a un animal, estas oficinas deben coordinarse para que el responsable enfrente la ley. Es como un equipo donde la Fiscalía no actúa sola, sino que se pone de acuerdo con otras dependencias. El chiste es que no se les escape ningún delito contra los animales.
Texto oficial
Artículo 11. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México deberá coordinarse con las autoridades previstas en esta Ley, a efecto de conocer, investigar y perseguir hechos constitutivos de los delitos relacionados con el maltrato animal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.