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Artículo 11 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Fiscalía del Estado de México tiene que trabajar junto con otras autoridades de las que habla esta ley para enterarse, investigar y perseguir los casos de maltrato animal. O sea, si alguien maltrata a un animal, estas oficinas deben coordinarse para que el responsable enfrente la ley. Es como un equipo donde la Fiscalía no actúa sola, sino que se pone de acuerdo con otras dependencias. El chiste es que no se les escape ningún delito contra los animales.

Texto oficial

Artículo 11. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México deberá coordinarse con las autoridades previstas en esta Ley, a efecto de conocer, investigar y perseguir hechos constitutivos de los delitos relacionados con el maltrato animal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.