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Artículo 104 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que está prohibido que los animales domésticos (como perros y gatos), de compañía o los que se crían para consumo humano (como vacas o cerdos) vean cómo sacrifican a otros de su misma especie. La idea es evitarles sufrimiento o estrés innecesario durante el proceso. Por ejemplo, si van a sacrificar a un cerdo, no debe haber otros cerdos mirando. Esto aplica siempre, sin excepción.

Texto oficial

Artículo 104. En ningún caso los animales domésticos, de compañía o destinados para consumo humano presenciarán el sacrificio humanitario de sus congéneres.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.