Artículo 26 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las asociaciones que cuidan animales y están registradas legalmente en el Estado de México deben seguir todo lo que dice esta Ley, su Reglamento y otras leyes relacionadas. También tienen que dar cursos o pláticas para enseñar a las personas sobre cómo proteger y cuidar bien a los animales. Todo esto lo harán trabajando junto con las autoridades del gobierno estatal y de los municipios.
Texto oficial
Artículo 26. Las asociaciones protectoras de animales legalmente constituidas que realicen actividades en el Estado de México conducirán sus actividades en los términos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables; asimismo desarrollarán actividades de capacitación o educación en materia de protección y bienestar animal, en coordinación con las autoridades estatales y municipales. CAPÍTULO IV DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DEL ESTADO DE MÉXICO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.