Artículo 29 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del Estado tendrá centros para ayudar a perros y gatos que viven en la calle, fueron abandonados o maltratados. Ahí les darán servicios de veterinario, campañas de adopción y consejos para cuidarlos. Los centros municipales se encargarán de atraer animales, esterilizarlos, vacunarlos, desparasitarlos, darles atención médica, resguardarlos y ponerlos en adopción, además de atender quejas de la gente para rescatar animales. Quien esté a cargo de estos centros debe ser veterinario titulado, y los municipios pueden juntarse con el Estado para crear centros regionales si les queda más fácil.
Texto oficial
Artículo 29. Los centros control y bienestar animal de carácter estatal estarán destinados a proporcionar servicios médicos veterinarios a animales de compañía en situación de calle, abandonados o sujetos de maltrato o crueldad y la realización de campañas destinadas a la adopción, así como orientación para el cuidado de los animales. La operación de estos Centros se regirá conforme al Reglamento de esta Ley y demás disposiciones aplicables. Los centros de control y bienestar animal municipales estarán destinados a la captura, esterilización, vacunación, desparasitación, atención médica veterinaria, resguardo y adopción; así como atender quejas y solicitudes ciudadanas para el rescate de animales. El Reglamento de esta Ley establecerá las especificaciones generales para su organización y operación. En el ámbito municipal, dichas disposiciones se aplicarán sin perjuicio de las atribuciones previstas en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. La persona titular o responsable en cada centro, deberá contar con cédula profesional que lo acredite como Médico Veterinario Zootecnista. Para la atención de la problemática de protección animal, los municipios podrán convenir entre sí o con el Estado, el establecimiento y administración de centros de bienestar animal regionales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.