Artículo 33 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si atrapan a tu perro o gato en la calle, el municipio lo va a cuidar en sus Centros de Control y Bienestar Animal, que son como refugios oficiales. Ahí se queda resguardado siguiendo las reglas de esta Ley, su Reglamento y normas oficiales mexicanas y estatales. Básicamente, no pueden hacer lo que quieran con él, sino que deben tratarlo según lo que marcan las leyes.
Texto oficial
Artículo 33. Los animales de compañía capturados en la vía pública permanecerán bajo resguardo en los Centros de Control y Bienestar Animal municipal conforme a lo dispuesto en esta Ley, su Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Técnicas Estales y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.