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Artículo 33 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si atrapan a tu perro o gato en la calle, el municipio lo va a cuidar en sus Centros de Control y Bienestar Animal, que son como refugios oficiales. Ahí se queda resguardado siguiendo las reglas de esta Ley, su Reglamento y normas oficiales mexicanas y estatales. Básicamente, no pueden hacer lo que quieran con él, sino que deben tratarlo según lo que marcan las leyes.

Texto oficial

Artículo 33. Los animales de compañía capturados en la vía pública permanecerán bajo resguardo en los Centros de Control y Bienestar Animal municipal conforme a lo dispuesto en esta Ley, su Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Técnicas Estales y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.