Artículo 42 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que dejas a tu perro o gato en un lugar donde lo cuidan por unos días (como una guardería o un hotel para mascotas). Eso se considera oficialmente un servicio de alojamiento y hospedaje para animales de compañía. La persona o empresa que lo recibe se vuelve responsable de su bienestar mientras esté a su cargo, justo como dice esta Ley y otras reglas aplicables. En corto, si cuidas a mi mascota por un tiempo, eres legalmente responsable de ella durante ese rato.
Texto oficial
Artículo 42. Se considera estancia, alojamiento y hospedaje el servicio que se brinda para el cuidado de animales de compañía por tiempo determinado. Las personas físicas o jurídicas colectivas que brindan estos servicios son responsables durante el tiempo que estén a cargo de la atención de los animales en los términos de esta Ley, su Reglamento y las normas jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.