Artículo 5 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno y todas las personas deben seguir estas reglas básicas al tratar con los animales (a los que llama "seres sintientes", es decir, que sienten dolor y emociones): **I.** Los animales merecen respeto y buen trato durante toda su vida. **II.** Si usamos animales (para comida, trabajo, etc.), hay que hacerlo según lo que necesita cada especie, para que vivan bien. **III.** Los humanos debemos cuidar a los animales y evitar que se lastimen entre ellos o nos lastimen. **IV.** Los animales tienen derecho a vivir su vida normal, a menos que estén muy enfermos o sufriendo. **V.** Matar a un animal sin una razón necesaria o justa es un delito y se castiga con la ley.
Texto oficial
Artículo 5. Las autoridades del Estado en la formulación y conducción de la política pública en materia de bienestar animal y la sociedad en general observarán y reconocerán los siguientes principios: I. Los seres sintientes, como sujetos de protección, deben ser tratados con respeto y dignidad durante toda su vida; II. El aprovechamiento de los seres sintientes debe realizarse en atención a las características de cada especie, de forma tal que sea mantenido en un estado de bienestar; III. Los seres sintientes deben recibir atención, cuidados y protección del ser humano; evitando que estos se inflijan daño o causen daño a los seres con los que convivan; IV. Los seres sintientes tienen derecho a que su vida sea conforme a su longevidad natural, salvo que ésta sea interrumpida por enfermedad o sufra una alteración que comprometa seriamente su bienestar; y V. Todo acto que implique la muerte innecesaria o injustificada de un ser sintiente será punible y sancionada conforme a las leyes correspondientes. CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.