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Artículo 57 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una mascota y se la llevaron a un centro de control y bienestar animal, puedes pedir que te la devuelvan dentro de los siguientes 8 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Para eso, debes comprobar que es tuya con documentos como el certificado de bienestar animal, la cartilla de vacunación, un comprobante de atención médica de los últimos 6 meses, o cualquier otro papel que demuestre claramente que eres su dueño o responsable.

Texto oficial

Artículo 57. La persona responsable de un animal de compañía que haya sido remitido a cualquier centro de control y bienestar animal podrá solicitar su entrega dentro de los ocho días hábiles siguientes a su captura, debiendo acreditar su propiedad o posesión mediante certificado de bienestar animal, carnet de vacunación, documento de atención médica no mayor a seis meses o cualquier documento que acredite fehacientemente la legítima propiedad o posesión del animal de compañía del reclamante.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.