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Artículo 62 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 62 dice que si quieres que tu mascota reciba vacunas, esterilización o desparasitación gratis, necesitas demostrar que está registrada en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC). Ese registro lo puedes hacer en el mismo lugar y durante las campañas gratuitas. Básicamente, tienes que inscribir a tu perro o gato antes o en el momento de pedir el servicio. Así te aseguras de que todo sea sin costo para ti.

Texto oficial

Artículo 62. Para acceder a campañas de vacunación, esterilización y desparasitación de forma gratuita, la persona responsable deberá acreditar su inscripción en el Registro Único de Animales de Compañía; este trámite podrá realizarse durante las campañas oficiales. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de junio de 2026. Sin reforma. LEY DE PROTECCIÓN, CUIDADO Y BIENESTAR ANIMAL DEL ESTADO DE MÉXICO 21

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.