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Artículo 86 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para transportar animales de cuatro patas (como caballos, vacas o borregos), el vehículo que uses debe ser lo suficientemente grande para que ellos estén cómodos durante todo el viaje. Esto significa que no deben ir apretados ni forzados a estar en posiciones incómodas.

Texto oficial

Artículo 86. Para transportar cuadrúpedos es necesario que el vehículo que se emplee sea amplio de tal manera que les permita mantenerse cómodos durante el trayecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.