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Artículo 22 de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cuánto puede cobrar un abogado por tramitar la libertad bajo fianza (que es cuando un acusado sale de la cárcel mientras espera su juicio, dando un dinero como garantía). Si el delito que te acusan tiene una condena máxima de hasta 2 años de prisión, el abogado puede cobrarte entre 50 y 500 pesos. Pero si la condena es mayor a 2 años, entonces por cada año extra que pases en riesgo de ir a la cárcel, el abogado puede cobrarte entre 100 y 500 pesos adicionales.

Texto oficial

Artículo 22.- Por solicitar y obtener la libertad bajo caución del acusado, de $ 50.00 a $500.00. Si en el delito por el que se le acusa, la pena corporal que corresponde al mismo no excede de dos años de prisión, pues en caso de ser mayor tendrá derecho de cobrar de $100.00 a $ 500.00 por cada año de exceso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.