Artículo 23 de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 habla de cuánto puede cobrar un abogado si logra que su cliente salga libre. Si el delito por el que acusaban a la persona tiene una pena de cárcel de máximo 2 años, el abogado tiene derecho a cobrar entre 300 y 1,000 pesos. Pero si la pena es más larga, por cada año que pase de los 2, puede cobrar entre 100 y 500 pesos adicionales por año. Esto aplica cuando el acusado queda libre porque no hay suficientes pruebas, se desvanecieron los datos, o por cualquier otro motivo. En pocas palabras, es una tarifa que el abogado puede reclamar por conseguir la libertad de su defendido.
Texto oficial
Artículo 23.- Por obtener la libertad absoluta del acusado, sea por falta de elementos para procesar, por desvanecimiento de datos o como resultado de cualquier otro incidente, tendrá derecho a cobrar de $300.00 a $1.000.00, si el delito tiene señalada una pena corporal no mayor de dos años, pues en caso de ser mayor, tendrá derecho a cobrar de $100.00 a $ 500.00 por cada año de exceso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.