Artículo 4 de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un abogado te puede cobrar por revisar documentos. Si te pide ver papeles de hasta 25 hojas, te va a cobrar $100 pesos. Si son más de 25 hojas, te cobrará $2.50 pesos por cada hoja extra. Si te los revisa fuera de su oficina, el costo sube 50% o te cobra $50 pesos por cada hora o fracción. Por cada plática o consulta de palabra en su despacho, te cobrará desde $50 pesos. Pero un juez puede decidir que te cobre más, según lo importante o caro que sea tu asunto. Si la consulta es por escrito, te cobrará mínimo $100 pesos. Ese precio puede subir según lo difícil o largo del asunto, también a juicio del juez. Si el abogado va a una audiencia, junta o cualquier trámite con una autoridad, te va a cobrar desde $50 pesos por cada hora. Un juez puede aumentar esa cantidad si el caso es muy importante o de mucho dinero.
Texto oficial
Artículo 4.- Los abogados cobrarán: I. Por estudio de documentos, papeles o expedientes de cualquier clase, siempre que no excedan de 25 fojas, $100.00 y por cada una de exceso $2.50. Si la vista se hace fuera de su despacho, se aumentarán en un 50% las cuotas anteriores, o bien se aumentará a aquellas $50.00 por cada hora o fracción. II. Por cada conferencia o consulta verbal en su despacho, desde $50.00, cantidad que podrá aumentarse discrecionalmente a juicio del juez o Tribunal, dadas la cuantía e importancia del negocio. III. Por cada consulta por escrito, según la importancia del asunto, las dificultades técnicas del negocio y extensión $100.00; cantidad que podrá aumentarse a juicio del Juez o Tribunal, dada la cuantía del negocio. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de enero de 1962. Última reforma POGG 25 de agosto de 2015. LEY DE ARANCEL PARA EL PAGO DE HONORARIOS DE ABOGADOS Y COSTAS JUDICIALES EN EL ESTADO DE MÉXICO 2 IV. Por su intervención en las audiencias, juntas o cualquier otra diligencia judicial y administrativa, o ante cualquier funcionario o autoridad, por cada hora o fracción desde $50.00, cantidad que podrá aumentarse dadas la cuantía e importancia del negocio, a juicio del Juez o Tribunal. CAPITULO II Asuntos Judiciales, Civiles y Mercantiles
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.