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Ley
Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un pleito legal tiene un valor menor a 500 pesos, los abogados pueden cobrarte entre el 25% y el 50% de esa cantidad por todo el trabajo, desde que ponen la demanda hasta que sale la sentencia o se llega a un acuerdo. Ese porcentaje depende de qué tan complicado sea el caso legalmente. Si después tienes que cobrar el dinero del juicio (ejecutar la sentencia), los honorarios se calculan con las tarifas normales, pero a la mitad. En pocas palabras, para asuntos chiquitos, los honorarios son más bajos y por todo el proceso.

Texto oficial

Artículo 5.- En los negocios judiciales cuyo interés no exceda de $500.00 por todos sus trabajos, desde demanda y todos sus preliminares, hasta la sentencia definitiva o convenio de un 25% a un 50% del valor fijado en la demanda, según la importancia técnica del juicio. Los honorarios de ejecución se regularán conforme a las cuotas del presente Arancel, reducidas en un 50%.

Ver texto oficial de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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