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Ley
Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un asunto legal tenga un valor entre 500 y mil pesos, se le va a aumentar un veinte por ciento a las tarifas que ya estaban establecidas en el artículo anterior. Por ejemplo, si antes cobrabas 100 pesos, ahora serían 120 pesos. Esto aplica solo para negocios judiciales de ese rango de dinero.

Texto oficial

Artículo 6.- En los negocios judiciales, cuyo interés pase de $500.00 pero no exceda de $1,000.00, se aumentarán en un 20% las cuotas del artículo anterior.

Ver texto oficial de la Ley de Arancel para el Pago de Honorarios de Abogados y Costas Judiciales en el Estado de México (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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