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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl
Artículo
17

Artículo 17 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Universidad no tiene que pagar impuestos estatales por sus propiedades, como terrenos o edificios. Tampoco paga impuestos por los contratos o acuerdos que haga, si la ley estatal dice que ella debería pagarlos. En pocas palabras, la Universidad está exenta de ciertos impuestos del estado.

Texto oficial

Artículo 17.- Los bienes de la Universidad no estarán sujetos a contribuciones estatales. Tampoco estarán gravados los actos y contratos en los que ella intervenga, si las contribuciones, conforme las leyes respectivas, debieran estar a cargo de la Universidad.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl (pág. 6) ↗

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