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Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Colegio tendrá a una persona llamada Comisario, que es elegida por el Secretario de la Contraloría. Este Comisario podrá ir a las juntas de la Junta Directiva solo como invitado, es decir, puede dar su opinión pero no puede votar en las decisiones.

Texto oficial

Artículo 14.- El Colegio contará con un Comisario designado por el Secretario de la Contraloría, quien asistirá como invitado a las sesiones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.