Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Patronato es la mesa directiva que cuida las finanzas del Colegio. Sus principales trabajos son: conseguir dinero extra para la escuela (como donativos o patrocinios), cuidar que ese dinero crezca, y proponer en qué gastarlo para comprar cosas necesarias. También tienen que hacer un plan de ingresos cada año para que lo apruebe la Junta Directiva (otro grupo directivo). Al terminar el año, deben entregar a esa Junta los estados financieros (los reportes de cuánto dinero entró y salió) revisados por un auditor externo. Además, apoyan que el Colegio se dé a conocer y haga conexiones con empresas, y hacen cualquier otra cosa que la Junta Directiva les pida.
Texto oficial
Artículo 24.- Son facultades del Patronato: I. Obtener los recursos adicionales necesarios para el financiamiento del Colegio; II. Administrar y acrecentar los recursos a que se refiere la fracción que antecede; III. Proponer la adquisición de los bienes indispensables para la realización de actividades de la institución, con cargo a recursos adicionales; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de octubre de 1994. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO 8 IV. Formular proyectos anuales de ingresos adicionales para ser sometidos a la consideración de la Junta Directiva; V. Presentar a la Junta Directiva, dentro de los tres primeros meses siguientes a la conclusión de un ejercicio presupuestal, los estados financieros dictaminados por el auditor externo designado para tal efecto por la Junta Directiva; VI. Apoyar las actividades del Colegio en materia de difusión y vinculación con el sector productivo; y VII. Ejercer las demás facultades que le confieran las disposiciones expedidas por la Junta Directiva. CAPITULO QUINTO Del Personal del Colegio
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.