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Artículo 12 de la Ley de Expropiación para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cuando el gobierno te quite una propiedad (expropiación), está obligado a avisarte personalmente. Si no saben dónde vives o no encuentran tu casa, entonces publicarán un aviso en el periódico más importante de tu estado, durante tres días seguidos, con tres días de diferencia entre cada publicación. Ese aviso es un resumen del documento oficial donde se explica por qué te quitan el bien. Así, aunque no te localicen, la ley considera que ya te dieron el aviso.

Texto oficial

Artículo 12.- La declaratoria de expropiación deberá ser notificada al propietario o poseedor del bien afectado; sólo en el caso de que se ignore el domicilio de éstos, la notificación se hará mediante publicación por tres veces de un extracto del decreto, de tres en tres días en un periódico de mayor circulación en el Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.