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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley7/26
Ley
Ley de Expropiación para el Estado de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Expropiación para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te expropian un terreno o una propiedad para un fin público (como construir una carretera o un hospital), el gobierno debe usarlo para eso. Si pasa el tiempo y no lo usan para lo que dijeron, o le dan otro uso diferente, tú puedes pedir que te devuelvan tu propiedad. Esto se llama "reversión", que es como echar para atrás la expropiación. El plazo para que el gobierno cumpla con el uso prometido viene especificado en el decreto de expropiación.

Texto oficial

Artículo 26.- El particular afectado, podrá promover la reversión del bien expropiado si éste no es destinado a la causa de utilidad pública determinada en el decreto respectivo, dentro del plazo fijado al efecto, o se le dé un uso distinto.

Ver texto oficial de la Ley de Expropiación para el Estado de México (pág. 6) ↗

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