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Artículo 105 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te llega una recomendación de la Comisión de Derechos Humanos, tienes 15 días hábiles (que no cuentan sábados ni domingos) para decir si la aceptas o no. Si la aceptas, tienes otros 15 días hábiles para entregar las pruebas de que ya la cumpliste. Además, tú mismo debes dar esa respuesta, no puedes encargarle a otra persona que lo haga por ti.

Texto oficial

Artículo 105.- Una vez recibida la Recomendación la autoridad o el servidor público responsable, deberá informar dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación, si acepta dicha Recomendación y en quince días hábiles adicionales entregar, en su caso, las pruebas que demuestren su cumplimiento. La rendición del informe sobre la aceptación o no de la Recomendación, no podrá ser delegada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.