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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley76/22
Ley
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario de la Comisión es la persona que se encarga de conectar a la Comisión con otras instituciones, como escuelas o dependencias de gobierno. También es quien organiza los cursos y talleres para enseñar a la gente cuáles son sus derechos humanos, y se asegura de que esa información llegue a todas partes.

Texto oficial

Artículo 22.- El Secretario de la Comisión es el responsable del enlace y vinculación institucional, así como de la capacitación, enseñanza, promoción y difusión de los derechos humanos.

Ver texto oficial de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.