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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley76/24
Ley
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Visitadores son las personas que trabajan en la Comisión de Derechos Humanos y se encargan de investigar cuando alguien presenta una queja por una posible violación a tus derechos. Ellos siguen las reglas que marca esta ley y el reglamento interno para revisar cada caso. Básicamente, son como los investigadores que indagan si hubo una falta contra tus derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 24.- Los Visitadores son los encargados de conocer de los procedimientos establecidos por esta Ley y el Reglamento Interno, relacionados con probables violaciones a derechos humanos.

Ver texto oficial de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.