Artículo 29 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaria General de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México tiene varias tareas importantes. Por ejemplo, debe presentarle al Consejo Consultivo los planes de trabajo y programas del organismo, pero solo si el Presidente está de acuerdo. También se encarga de hacer relaciones con otras instituciones, como escuelas o gobiernos, para promover los derechos humanos. Además, organiza cursos y pláticas para que la gente conozca sus derechos, cuida el archivo de la Comisión y ayuda al Presidente a hacer los informes anuales. Por último, hace todo lo que le pidan el Presidente o la ley.
Texto oficial
Artículo 29.-La Secretaria General de la Comisión tiene las facultades y obligaciones siguientes: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de agosto de 2008. Última reforma POGG 05 de abril de 2024. LEY DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO 10 I. Presentar al Consejo Consultivo, por acuerdo de la o el Presidente, las propuestas de planes de trabajo y programas del Organismo; II. Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión con autoridades e instituciones públicas; así como con organismos públicos, sociales y privados, estatales, nacionales e internacionales; III. Elaborar y ejecutar programas de capacitación, enseñanza, promoción y difusión de los derechos humanos; IV. Colaborar con la o el Presidente, en la elaboración de los informes anuales, así como de los especiales; V. Mantener y resguardar el archivo de la Comisión; VI. Realizar las funciones de Secretaría Técnica del Consejo Consultivo, en términos de esta Ley y del Reglamento Interno; y VII. Las demás que le confiera esta Ley, otras disposiciones legales y la o el Presidente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.