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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley76/39
Ley
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Consultivo está formado por un Presidente, un Secretario Técnico y cinco Consejeros Ciudadanos. De esos consejeros, al menos dos deben ser mujeres y uno tiene que ser de origen indígena. Así se asegura que haya diversidad en el grupo.

Texto oficial

Artículo 39.- El Consejo Consultivo esta integrado por: I. Un Presidente; II. Un Secretario Técnico; y III. Cinco Consejeros Ciudadanos, de los cuales por lo menos, dos serán mujeres y uno de extracción indígena.

Ver texto oficial de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (pág. 12) ↗

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