- Ley
- Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Consultivo está formado por un Presidente, un Secretario Técnico y cinco Consejeros Ciudadanos. De esos consejeros, al menos dos deben ser mujeres y uno tiene que ser de origen indígena. Así se asegura que haya diversidad en el grupo.
Texto oficial
Artículo 39.- El Consejo Consultivo esta integrado por: I. Un Presidente; II. Un Secretario Técnico; y III. Cinco Consejeros Ciudadanos, de los cuales por lo menos, dos serán mujeres y uno de extracción indígena.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.