Artículo 47 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los Consejeros Ciudadanos (personas que participan en el Consejo Consultivo) van a recibir un pago extra por cada reunión a la que asistan. Ese pago depende del dinero que tenga la Comisión para gastar, según su presupuesto. No es un sueldo fijo, sino una compensación por presentarse a las sesiones.
Texto oficial
Artículo 47.- Los Consejeros Ciudadanos recibirán una gratificación de asistencia, en función del presupuesto de egresos de la Comisión. Capítulo VI De las sesiones del Consejo Consultivo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.