Artículo 69 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si una queja está bien chafa o no tiene razón de ser desde el principio, el juez la tiene que rechazar con un documento que explique por qué. Ese documento debe decir las razones legales exactas (fundado) y los motivos concretos del caso (motivado). Así nadie se queda con la duda de por qué no procedió el asunto.
Texto oficial
Artículo 69.- Cuando la queja sea notoriamente improcedente, debe ser desechada mediante acuerdo fundado y motivado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.