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Artículo 69 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una queja está bien chafa o no tiene razón de ser desde el principio, el juez la tiene que rechazar con un documento que explique por qué. Ese documento debe decir las razones legales exactas (fundado) y los motivos concretos del caso (motivado). Así nadie se queda con la duda de por qué no procedió el asunto.

Texto oficial

Artículo 69.- Cuando la queja sea notoriamente improcedente, debe ser desechada mediante acuerdo fundado y motivado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.