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Artículo 86 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las personas llegan a un acuerdo en la mediación o la conciliación, el organismo donde se hizo el trámite lo anota en el expediente y da por terminado el asunto, archivándolo. Esto quiere decir que el problema queda resuelto y ya no se sigue con ningún proceso legal.

Texto oficial

Artículo 86.- De lograrse la mediación o la conciliación, el Organismo lo hará constar en el expediente respectivo y ordenará su archivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.