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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley78/14
Ley
Ley de Seguridad Privada del Estado de México
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras pedir una autorización, revalidación o hacer un cambio de algo, tienes que entregar junto con tu solicitud el comprobante de que pagaste por el estudio y el trámite. Ese pago debe estar señalado en el Código Financiero del Estado de México y sus municipios. Si no llevas ese comprobante, tu solicitud se considera como si nunca la hubieras presentado. O sea, no la toman en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 14.- La solicitud de autorización, revalidación o modificación, deberá presentarse acompañada del comprobante de pago que por concepto del estudio y trámite de la misma se encuentre previsto en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, en caso contrario, se tendrá por no presentada.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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