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Artículo 14 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras pedir una autorización, revalidación o hacer un cambio de algo, tienes que entregar junto con tu solicitud el comprobante de que pagaste por el estudio y el trámite. Ese pago debe estar señalado en el Código Financiero del Estado de México y sus municipios. Si no llevas ese comprobante, tu solicitud se considera como si nunca la hubieras presentado. O sea, no la toman en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 14.- La solicitud de autorización, revalidación o modificación, deberá presentarse acompañada del comprobante de pago que por concepto del estudio y trámite de la misma se encuentre previsto en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, en caso contrario, se tendrá por no presentada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.