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Artículo 29 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro Estatal de Empresas de Seguridad Privada es como una base de datos donde se guarda información de todas las empresas de seguridad. Ahí se incluyen los datos de la empresa, de sus jefes, empleados y del equipo que usan, como armas si tienen permiso. También se registran los servicios que ofrecen y en qué zonas trabajan. Sirve para que el gobierno pueda consultar y tener todo el control de estas empresas.

Texto oficial

Artículo 29.- El Registro Estatal de Empresas de Seguridad Privada constituye un sistema de consulta y acopio de información, que se integrará con bancos de datos del Prestador del Servicio; de su personal directivo, técnico, administrativo y elementos; del equipo y, en su caso, los datos de la asignación del armamento utilizado, así como los servicios y la cobertura de los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.