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Artículo 35 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (dependencia del gobierno) va a hacer acuerdos de colaboración con los gobiernos federal, estatales y municipales para compartir información del Registro. Todos estos gobiernos se van a pasar entre sí los datos que ya se mencionaron antes en la ley. Esa información la pueden consultar las autoridades que participen en el acuerdo. Esto es para que el Registro esté completo y funcione bien.

Texto oficial

Artículo 35.- Para la debida integración del Registro, la Secretaría, celebrará convenios de coordinación con los gobiernos Federal, estatales y municipales, para que remitan recíprocamente la información que se indica anteriormente, misma que podrá ser consultada por dichas autoridades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.