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Artículo 36 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando le des información a la Secretaría, nadie más puede verla ni usarla, porque es confidencial. Solo se puede compartir si una autoridad como un juez, un ministerio público o un funcionario administrativo la pide por escrito, explicando bien por qué la necesita y con qué fundamento legal. Eso significa que no cualquiera puede pedirla, solo las autoridades que tienen permiso para investigar o decidir sobre un caso. Tú quedas tranquilo porque tus datos están protegidos.

Texto oficial

Artículo 36.- Toda información proporcionada a la Secretaría será confidencial y solo se dará a conocer por solicitud debidamente fundada y motivada por autoridad judicial, ministerial o administrativa competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.