Artículo 36 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando le des información a la Secretaría, nadie más puede verla ni usarla, porque es confidencial. Solo se puede compartir si una autoridad como un juez, un ministerio público o un funcionario administrativo la pide por escrito, explicando bien por qué la necesita y con qué fundamento legal. Eso significa que no cualquiera puede pedirla, solo las autoridades que tienen permiso para investigar o decidir sobre un caso. Tú quedas tranquilo porque tus datos están protegidos.
Texto oficial
Artículo 36.- Toda información proporcionada a la Secretaría será confidencial y solo se dará a conocer por solicitud debidamente fundada y motivada por autoridad judicial, ministerial o administrativa competente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.