- Ley
- Ley de Seguridad Privada del Estado de México
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para revisar los papeles que entregaste. Van a checar que todo sea auténtico y legal, y armarán tu expediente con toda tu información.
Texto oficial
Artículo 39.- La Secretaría, dentro de los treinta días hábiles siguientes al en que se hayan recibido los documentos a que se refiere el artículo anterior, procederá a su revisión, verificación de autenticidad y legalidad, integrando el expediente respectivo del solicitante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.