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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley78/39
Ley
Ley de Seguridad Privada del Estado de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para revisar los papeles que entregaste. Van a checar que todo sea auténtico y legal, y armarán tu expediente con toda tu información.

Texto oficial

Artículo 39.- La Secretaría, dentro de los treinta días hábiles siguientes al en que se hayan recibido los documentos a que se refiere el artículo anterior, procederá a su revisión, verificación de autenticidad y legalidad, integrando el expediente respectivo del solicitante.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.